La Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Banco de Santander y por lo tanto confirma la sentencia del Juzgado de Ibi por la que se declaraba la nulidad de los SWAPS.
La sentencia del juzgado 2 de Primera Instancia de Ibi declaró en junio de 2010 la nulidad de los contratos de derivados financieros (SWAP) que suscribieron dos empresas de la comarca en 2008 con el Banco Santander y condenó a la entidad bancaria a devolver las cantidades cobradas.
El juez titular declaró en aquel momento probado que hubo “incumplimiento total”, por parte de la entidad bancaria, en la obligación de informar a las empresas sobre los riesgos que contienen estos productos y, además, resolvió que “en los contratos existían una serie de cláusulas que igualmente daban lugar, por abusivas, a la nulidad de los mismos”.
Luis Montesinos, de MG Abogados, es el letrado de la defensa de las pymes colivencas Industria Auxiliar Juema S.L y Muñecas Paola S.L, a las que les serán devueltas las sumas de 31.000 y 22.150 euros, respectivamente, así como los intereses legales correspondientes. Montesinos destaca la importancia de esa resolución porque es la primera que llega a la Audiencia y ha sido desestimada.