Antonio García Iñesta ha sido inhabilitado durante cinco años a ejercer su profesión y a pagar las deudas
Un juez declara fraudulena la suspensión de pagos de Inyectados Cervantes y condena al gerente
El juzgado número 2 de Lo Mercantil de Alicante ha declarado culpable el proceso concursal (suspensión de pagos) de la empresa Inyectados Termoplásticos Cervantes, recayendo en el gerente toda la culpabilidad del proceso.
Según consta en la sentencia, Antonio Ramón García Iñesta ha sido inhabilitado durante cinco años para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo de intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales.
Además se le condena a pagar a los acreedores concursales el importe de las deudas, una vez se hayan liquidado las cantidades tras la venta del material inmovilizado.
Esto supondrá hacer frente a importantes sumas de dinero, ya que se calcula que la deuda de la empresa podría rondar los 800.000 euros, según fuentes sindicales.
El juez ha exculpado a los directivos Francisco Peidró Verdú y José Adrián Lillo Pastor, yernos del dueño de la mercantil Cervantes, y a la empresa creada por ambos, Cophinus, de cualquier vinculación con el proceso de insolvencia de la empresa, a pesar de que se les consideraba cómplices por parte de los administraciones concursales.
El testimonio de varios trabajadores sobre la existencia de una contabilidad en “b” ha sido determinante en la resolución de la sentencia, hasta tal punto que el juez argumenta que las declaraciones “son tan coherentes entre sí y se compadecen tanto con la opacidad que se aprecia en el control de la producción, que he de considerar acreditada tal irregularidad contable relevante y de alzamiento”.
Inyectados Cervantes se cerró en septiembre de 2007, tras haberse presentado una suspensión de pagos a principios de ese mismo año, dejando sin empleo a casi 50 trabajadores. En octubre de 2008 se celebró el juicio de Talleres Cervantes, la otra firma de la mercantil, donde no hubo condena ya que el juez declaró “fortuita” la suspensión de pagos.
Sobre la actual sentencia se ha anunciado el recurso de apelación.
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